CCOO Irakaskuntza | 12 July 2025.

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ARAUTU GABEKO IRAKASKUNTZA ETA PRESTAKUNTZA

X. Hitzarmen kolektiboa BOEn argitaratu da

    Gaur, uztailak 9, asteazkena, Arautu Gabeko Irakaskuntza eta Prestakuntzako Hitzarmen Kolektibo berria argitaratu da BOEn. Negoziazio-mahaiaren lan handiaaren ondoren, X. Hitzarmen berri honek sektoreko negoziazio kolektiboak azken urteotan bilakaera positiboa izan duela berresten du, lehengo egoera oso prekariotik abiatuta. Izan ere, langileentzat garrantzitsuak diren hobekuntzak ezartzen dituen hitzarmena da, eskubide-galerarik jaso gabe, eta horretan aurrera egiten jarraitzeko borondatea baino ez dago.

    10/07/2025.
    Arautu gabeko irakaskuntza eta prestakuntza

    Arautu gabeko irakaskuntza eta prestakuntza

    Hoy, miércoles 9 de julio, se ha publicado en el BOE el nuevo Convenio Colectivo de Enseñanza y Formación No Reglada.

    Tras un intenso trabajo de la Mesa Negociadora, este nuevo X convenio viene a confirmar una evolución positiva de la negociación colectiva en el sector en estos últimos años, partiendo de una situación muy precaria. En efecto, se trata de un convenio que introduce una nueva serie de mejoras importantes para las personas trabajadoras, sin, por el contrario, recoger ninguna pérdida de derechos, y para el que no cabe sino la voluntad de seguir avanzando.

    Los avances en derechos han sido de diferente índole:

    Las personas contratadas a tiempo parcial que realicen un número similar de horas complementarias durante más de un año podrán, de mutuo acuerdo, consolidarlas, incrementando su jornada ordinaria en esa cantidad de horas.

    Se regula el funcionamiento del contrato fijo discontinuo, introduciendo nuevas garantías para las personas trabajadoras.

    Se crean nuevos artículos que recogen una regulación específica para el trabajo a distancia y el teletrabajo, así como la desconexión digital. Entre otras medidas, se establecen:

    • Una compensación mensual de 22 euros cuando se presten servicios en régimen de teletrabajo o trabajo a distancia de forma regular.
    • Dotación mínima de medios materiales que deberá procurar la empresa a cada persona que trabaje a distancia: ordenador, ratón, teclado, auriculares y micrófono.
    • Mismos derechos que las personas trabajadoras que trabajen presencialmente, incluyendo el derecho a participar en las acciones formativas de la empresa, en las evaluaciones de riesgos en salud laboral y en las elecciones sindicales.

    Se incluyen nuevas regulaciones en varios capítulos del Convenio comoexcedencias y conciliación de la vida familiar y laboral.

    Se reduce a 20 el número de días de preaviso en caso de cese en el trabajo por voluntad de la persona trabajadora. Igualmente se reduce la penalización por incumplimiento de este preaviso a un día de salario por cada día de retraso.

    Se adapta el convenio a los nuevos permisos retribuidos. Además:

    • Se mejora hasta los cinco días el permiso establecido legalmente por fallecimiento del cónyuge o familiar de primer grado.
    • Se incluye el nuevo permiso por fuerza mayor.
    • Se aumenta el actual permiso actual de 15 horas anuales hasta las 20 horas en los supuestos establecidos en el Convenio Colectivo.

    Se incluyen medias dirigidas garantizar la igualdad de oportunidades y a evitar la discriminación y el acoso de las personas LGTBIQ+ en los apartados de permisos retribuidos, ascensos y vacantes, y régimen disciplinario.

     

    En MATERIA SALARIAL, también se harán efectivos incrementos importantes entre los años de vigencia del convenio:

     

    Año 2024

    Desde el 1 de enero:

    Adaptación de salarios en puestos de trabajo afectados por el SMI.

    Desde el 1 de julio:

    +3,5% en los puestos de trabajo no adecuados al SMI, C. Dedicación y CPP

    +2,7% en los puestos de Profesor/a Auxiliar o Adjunto/a y Profesor Auxiliar “online”

    +1,5% en los puestos de Oficial administrativo de 2ª, Orientador Profesional y Prospector de empleo.

     

    Año 2025

    Adecuación al SMI de 2025 y, para el resto de los puestos de trabajo, un incremento del 3,5% en todos los conceptos, más un incremento adicional del 1,5% a las categorías de Profesor/a titular, Profesor/a de taller, Educador/a social y Titulado/a no docente.

     

    Años 2026 y 2027

    Incrementos anuales del 3,5% en todos los conceptos, más un incremento adicional, cada año, del 1,5% a las categorías de: Profesor/a titular, Profesor/a de taller, Educador/a social y Titulado/a no docente.